Los titulares de comercio minorista y restauración como chiringuitos que ofrezcan al público alimentos sin envasar o envasados en el punto de venta deberán informar a los compradores de la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias cuando los haya, además de ofrecerlos etiquetados con un tamaño mínimo de letra.Así lo recoge el proyecto de decreto por el que se aprueba la norma general relativa a la información de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.

La norma regula también los alimentos envasados en los lugares de venta a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.
Aunque obliga a informar de la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias, el borrador del decreto establece que esta información puede ser a veces de tipo oral.
Se permite así en determinados supuestos la transmisión de la información sobre los ingredientes que causan alergias e intolerancias, de forma oral, previo cumplimiento de ciertos requisitos adicionales que permitan asegurar que dicha información es verificable, garantizando así un alto nivel de protección de los consumidores
Según informó el Gobierno tras la reunión del Gabinete, el texto aprobado persigue mejorar la información alimentaria que se facilita a los consumidores, asegurando al mismo tiempo la flexibilidad necesaria para responder a las diferentes modalidades de suministro de los alimentos sin envasar.
El decreto mantiene las exigencias de información alimentaria que para los alimentos sin envasar ya se recogen en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
Establece además un tamaño mínimo de letra en las etiquetas de los productos envasados por los titulares del comercio minorista y regula la información de los alimentos cubiertos por la norma en los casos de venta mediante comunicación a distancia, en línea con las disposiciones del Reglamento (UE) 1169/2011.